Futuro Azul

COCHAYUYO

(Durvillaea incurvata/Durvillaea antarctica)

RESUMEN NUTRICIONAL (cada 100 g)

Bajo en grasas

Grasa

1,9g

Carbohidratos

10,3g

Proteínas

6,5g

PREPARACIÓN

Horno

Cocción

EVALUACIÓN DEL RECURSO

ESTADO DE POBLACIÓN

MANEJO PESQUERÍA

IMPACTO CAPTURA ACCESORIA

HÁBITAT

buena elección

El cochayuyo, también conocido como coyoi o coyof, mientras que su estipe (tallo) es denominado huilte o ulte, corresponde a un complejo de dos especies crípticas: Durvillaea incurvata, endémica de Chile y presente desde Coquimbo hasta Aysén, y Durvillaea antarctica, cuya distribución abarca desde Aysén hasta Cabo de Hornos. Las especies crípticas son aquellas con características morfológicas tan similares que resultan prácticamente indistinguibles a simple vista, pero que están genéticamente diferenciadas y aisladas reproductivamente.

Estas algas crecen en sustratos rocosos de la zona intermareal, alcanzando profundidades de hasta 10-15 metros en áreas expuestas al oleaje, donde a menudo coexisten con el huiro negro (Lessonia berteroana/spicata). El cochayuyo se caracteriza por su coloración café verdosa oscura, su capacidad de alcanzar longitudes de hasta 15 metros y su sistema de fijación mediante un disco cónico y liso. De este disco emergen estipes cilíndricos que se aplanan en frondas coriáceas y flotantes.

En Chile, su extracción se concentra principalmente en la zona central, donde los recolectores de orilla aprovechan las mareas bajas para cortar los estipes, dejando el disco adherido al sustrato para permitir la regeneración.

TIPO DE PESCA:

PESCA ARTESANAL

ARTE DE PESCA:

RECOLECCIÓN DE ORILLA

BUCEO

MERCADO:

NACIONAL

INTERNACIONAL

¿CÓMO LEER LAS FICHAS?

COMPOSICIÓN CULINARIA:

Sabor:

medio

Textura:

firme

Oleosidad:

media

MEDIDAS DE CONSERVACIÓN:

Veda: Se estableció una veda extractiva en la región de O’Higgins desde el 01 de mayo hasta el 30 de noviembre durante un plazo de 5 años (D. Ex. N°41/2023) y en el Área marítima delimitada de Ancud por un periodo de 3 años (D. Ex. N°12/2023).

Talla o peso mínimo:

1 metro de longitud de fronda.